Boletín N°15205-07
Barría Angulo, Héctor, Bravo Castro, Ana María, Cariola Oliva, Karol
Etapa: Primer trámite constitucional (C.Diputados) · En tramitación
Último hito: Cuenta de proyecto . Pasa a Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento — 19 jul 2022
Sin urgencia vigente. según Senado al 10 jul 2026 (evento más reciente).
Etapa: Primer trámite constitucional (C.Diputados) · En tramitación
Ingreso de proyecto . — 18 jul 2022
Cuenta de proyecto . Pasa a Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento — 19 jul 2022
tramite
Ingreso de proyecto .
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Cuenta de proyecto . Pasa a Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento
Este proyecto no tiene votaciones registradas en la legislatura vigente.
Se muestran por coincidencia de fechas: en la misma semana en que una comisión vio este proyecto. La coincidencia temporal no implica relación entre la reunión y la tramitación del proyecto.
No se registran reuniones de lobby en las semanas en que una comisión vio este proyecto, según las fuentes consultadas.
Cómo leer esto
Parlamentarios que registran un voto a favor de este proyecto y, por separado, audiencias de lobby registradas en el sector del proyecto. Cada hecho se muestra tal como lo publica la fuente oficial; el enlace de cada evidencia apunta al registro original. Un cruce solo yuxtapone hechos fechados; no afirma intención ni causa.
Aún no se registran parlamentarios con cruces en el sector de este proyecto en las fuentes consultadas.
La coincidencia temporal no implica relación entre la reunión y el voto.
En base a los fundamentos anteriormente expuestos, la presente moción parlamentaria plantea realizar modificaciones al Código Orgánico de Tribunales. Así, se contempla la incorporación de un nuevo artículo 482 bis que prohíbe que los Notarios cobren montos superiores a aquellos fijados como aranceles máximos por la autoridad competente y obliga a que cuenten con, a lo menos, un cartel ubicado en lugares de fácil consulta para el público que contenga íntegramente el arancel máximo dispuesto. Igualmente, se modifica el artículo 440 con el objeto de incorporar los incumplimientos de lo dispuesto en las obligaciones recién mencionadas, como una actividad a ser sancionada disciplinariamente con amonestación, censura o suspensión, según sea la gravedad del hecho. Y, en los casos en que exista reincidencia en un periodo de dos años, se contempla la posibilidad de aplicar como sanción la exoneración del cargo. Por último, se modifica el artículo 441 a objetos de sancionar penalmente cuando exista malicia por parte del Notario en el incumplimiento de las obligaciones contenidas en el nuevo artículo 482 bis.
La materia de estas audiencias menciona el número de este boletín en el registro público de la Ley del Lobby (Ley 20.730). La mención es un dato del registro; no implica influencia en la tramitación ni relación causal con el proyecto.
195 de las 5.106 audiencias registradas con parlamentario identificado y materia publicada citan el número de un boletín en su materia (3,8 %), según fuente al 29 jul 2026. Este recuento cubre solo esa parte del registro.
Ninguna audiencia de lobby registrada menciona el número de este boletín en su materia, según las fuentes consultadas. Esto no describe la actividad de lobby en torno al proyecto; solo cuenta las materias que citan explícitamente este número de boletín.
según fuente al 10 de julio de 2026
Respaldo del 10-07-2026 · hash 3cd5b6a22f94…
Esto decía la fuente ese día.