Boletín N°16699-07
Cruz-Coke Carvallo, Luciano, Rincón González, Ximena, Walker Prieto, Matías
Etapa: Primer trámite constitucional (Senado) · En tramitación
Ingreso de proyecto . — 02 abr 2024
Cuenta de proyecto . Pasa a Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento. Se remite el proyecto a la Corte Suprema. — 02 abr 2024
Cuenta de proyecto — 02 abr 2024
Primer informe de comisión — 02 abr 2024
Primer informe de comisión — 12 nov 2024
Cuenta oficio N° 381-2024 de la Corte Suprema — 13 nov 2024
tramite
Ingreso de proyecto .
tramite
Cuenta de proyecto . Pasa a Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento. Se remite el proyecto a la Corte Suprema.
tramite
Oficio N° a la Corte Suprema
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Oficio N° 128 a la Corte Suprema
oficio
Cuenta de proyecto
oficio
Primer informe de comisión
Ver fuente oficial ↗oficio
Primer informe de comisión
Ver fuente oficial ↗tramite
Cuenta oficio N° 381-2024 de la Corte Suprema
Etapa: Primer trámite constitucional (Senado) · En tramitación
Último hito: Cuenta oficio N° 381-2024 de la Corte Suprema — 13 nov 2024
Sin urgencia vigente. según Senado al 10 jul 2026 (evento más reciente).
Este proyecto no tiene votaciones registradas en la legislatura vigente.
Se muestran por coincidencia de fechas: en la misma semana en que una comisión vio este proyecto. La coincidencia temporal no implica relación entre la reunión y la tramitación del proyecto.
No se registran reuniones de lobby en las semanas en que una comisión vio este proyecto, según las fuentes consultadas.
Cómo leer esto
Parlamentarios que registran un voto a favor de este proyecto y, por separado, audiencias de lobby registradas en el sector del proyecto. Cada hecho se muestra tal como lo publica la fuente oficial; el enlace de cada evidencia apunta al registro original. Un cruce solo yuxtapone hechos fechados; no afirma intención ni causa.
Aún no se registran parlamentarios con cruces en el sector de este proyecto en las fuentes consultadas.
La coincidencia temporal no implica relación entre la reunión y el voto.
La materia de estas audiencias menciona el número de este boletín en el registro público de la Ley del Lobby (Ley 20.730). La mención es un dato del registro; no implica influencia en la tramitación ni relación causal con el proyecto.
195 de las 5.106 audiencias registradas con parlamentario identificado y materia publicada citan el número de un boletín en su materia (3,8 %), según fuente al 29 jul 2026. Este recuento cubre solo esa parte del registro.
Ninguna audiencia de lobby registrada menciona el número de este boletín en su materia, según las fuentes consultadas. Esto no describe la actividad de lobby en torno al proyecto; solo cuenta las materias que citan explícitamente este número de boletín.
Lo anterior, deja de manifiesto la imperiosa necesidad de reformar el sistema penitenciario generando normas de rango legal dentro del ordenamiento jurídico, que permitan establecer un régimen diferenciado de cumplimiento de penas privativas de libertad o de sometimiento a presión preventiva para criminales condenados por crimen organizado y narcotráfico que hubieren formado parte de una agrupación u organización delictiva o criminal de que trata el Párrafo 10 del Título VI del Libro II, así como para los demás crímenes y delitos que sean de tal gravedad. Lo que consistirá en: a) un sistema de segregación reforzada, lo que autoriza a que sean ingresados o trasladados a departamentos, módulos, pabellones o establecimientos especiales y a ser trasladados a otros centros penitenciarios especiales. Asimismo, deberán permanecer separados del resto de la población penal a quienes no se les aplica la ley o de acuerdo a las directrices especiales de segregación que se establezcan de conformidad a la ley; b) Un sistema de vigilancia constante dentro de las instalaciones del recinto penitenciario, incluyendo visitas que se le realicen y comunicación con abogado defensor. Este último caso, cuando exista antecedente fundado de riesgo para la seguridad o sospecha de continuidad de la actividad criminal; c) Prohibición de salidas esporádicas; d) Restricción de visitas, las que inclusive podrán suspenderse fundadamente, prohibiéndose las de aquellas personas que cuenten con antecedentes penales; e) Prohibición de comunicación exterior; f) Las demás que establezcan las disposiciones legales aplicables y que se estimen pertinentes.
No se identificaron cuerpos legales afectados a partir del texto disponible.
según fuente al 10 de julio de 2026
Respaldo del 10-07-2026 · hash 99ce1cbb2195…
Esto decía la fuente ese día.