Boletín N°16109-07
Bugueño Sotelo, Félix, Bulnes Núñez, Mercedes, Olivera De La Fuente, Erika
Etapa: Primer trámite constitucional (C.Diputados) · En tramitación
Último hito: Cuenta de proyecto . Pasa a Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento — 24 jul 2023
Sin urgencia vigente. según Senado al 10 jul 2026 (evento más reciente).
Etapa: Primer trámite constitucional (C.Diputados) · En tramitación
Ingreso de proyecto . — 13 jul 2023
Cuenta de proyecto . Pasa a Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento — 24 jul 2023
tramite
Ingreso de proyecto .
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Cuenta de proyecto . Pasa a Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento
Este proyecto no tiene votaciones registradas en la legislatura vigente.
El presente proyecto, tiene por finalidad establecer un marco adecuado para la correcta persecución de quienes se encuentran imputados con alguna medida cautelar privativa de libertad que no cumplan, quienes hayan quebrantado su condena, quienes se encuentren con orden de detención pendiente, o hayan quebrantado algún beneficio o cautelar, señalando expresamente que las órdenes de detención se mantendrán vigentes mientras no sea ubicado el imputado o condenado, requiriendo una voluntad activa de parte de las policías en la búsqueda constante de dichos individuos. De igual modo, dotar a las órdenes de detención de la facultad legal de entrada y registro en los domicilios que sean posible morada del infractor, con facultades de allanamiento y descerrajamiento, en caso de ser necesario. Sin requerir de parte del juez la declaración expresa de dichas facultades. De ahí se propone modificar el Código Procesal Penal para que las órdenes judiciales de detención se mantengan vigentes en el tiempo, otorgando a las policías facultades para el cumplimiento de la detención de dichos imputados o condenados. 5
Se muestran por coincidencia de fechas: en la misma semana en que una comisión vio este proyecto. La coincidencia temporal no implica relación entre la reunión y la tramitación del proyecto.
No se registran reuniones de lobby en las semanas en que una comisión vio este proyecto, según las fuentes consultadas.
Cómo leer esto
Parlamentarios que registran un voto a favor de este proyecto y, por separado, audiencias de lobby registradas en el sector del proyecto. Cada hecho se muestra tal como lo publica la fuente oficial; el enlace de cada evidencia apunta al registro original. Un cruce solo yuxtapone hechos fechados; no afirma intención ni causa.
Aún no se registran parlamentarios con cruces en el sector de este proyecto en las fuentes consultadas.
La coincidencia temporal no implica relación entre la reunión y el voto.
La materia de estas audiencias menciona el número de este boletín en el registro público de la Ley del Lobby (Ley 20.730). La mención es un dato del registro; no implica influencia en la tramitación ni relación causal con el proyecto.
195 de las 5.106 audiencias registradas con parlamentario identificado y materia publicada citan el número de un boletín en su materia (3,8 %), según fuente al 29 jul 2026. Este recuento cubre solo esa parte del registro.
Ninguna audiencia de lobby registrada menciona el número de este boletín en su materia, según las fuentes consultadas. Esto no describe la actividad de lobby en torno al proyecto; solo cuenta las materias que citan explícitamente este número de boletín.
según fuente al 10 de julio de 2026
Respaldo del 10-07-2026 · hash f3e0ab14a8e3…
Esto decía la fuente ese día.